El Ministerio de Minas precisó que el artículo 250 del Plan Nacional de Desarrollo es autosuficiente para su aplicación directa. Esta norma ordena que los recursos remanentes del "margen de continuidad" del poliducto Pozos Colorados-Galán financien la transición hacia energéticos limpios, reemplazando el uso de leña y carbón. La Oficina Jurídica aclaró que, al ser un mandato imperativo y claro, no es indispensable expedir nuevos decretos reglamentarios. De hecho, la Resolución 40165 de 2024 ya habilita el uso preferente de estos fondos. Actualmente, se coordina con el Ministerio de Hacienda el trámite técnico para el traslado de los excedentes al Tesoro Nacional, garantizando la operatividad de esta política ambiental.