La CREG ha emitido un concepto clave aclarando que los proyectos de generación distribuida, a pesar de estar regulados sectorialmente, no están exentos de cumplir con la licencia de construcción exigida por la normativa urbanística. La CREG enfatiza que su rol se limita a la regulación económica y técnica del sector energético, no definiendo ni otorgando permisos de construcción. La responsabilidad de tramitar estas licencias recae en cada inversionista ante las autoridades municipales competentes, articulándose la regulación eléctrica de manera complementaria con los requisitos urbanísticos.