La CREG señala que, para la conexión como autogenerador a pequeña escala (AGPE), se deben seguir los procedimientos establecidos en la normativa vigente, principalmente en la Resolución CREG 174 de 2021 y su actualización en la Resolución CREG 101072 de 2025, las cuales regulan el proceso de conexión, las tarifas de compra de energía y las garantías. El proceso incluye la presentación de la solicitud al comercializador y el cumplimiento de los requisitos técnicos y administrativos para la conexión segura. Las tarifas para la compra de energía generada por el AGPE son reguladas, y la forma de venta fue modificada para asegurar condiciones justas. En cuanto a las garantías, éstas deben cubrir aspectos relacionados con la confiabilidad y estabilidad del sistema, así como el cumplimiento de las obligaciones contractuales y técnicas. La CREG enfatiza que toda la regulación puede consultarse en los enlaces oficiales y recomienda revisar las capacitaciones disponibles para una adecuada implementación.