En materia de servidumbres para proyectos eléctricos, la supervisión, inspección y control recaen en la Superintendencia de Servicios Públicos Domiciliarios y el Ministerio de Minas y Energía, quienes deben verificar el cumplimiento normativo y evitar afectaciones innecesarias en predios. La CREG puede emitir conceptos generales sobre servidumbres, pero no interviene directamente en la imposición ni en la supervisión específica de proyectos, la cual es responsabilidad de dichas entidades. Así, la competencia directa de supervisión sobre servidumbres en proyectos eléctricos corresponde a la Superintendencia y al Ministerio de Minas y Energía.