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¿En qué tipos de procesos de contratación resulta obligatorio pactar anticipo y, en cuáles de estos es exigible la constitución de un contrato de fiducia para la administración y giro de los recursos entregados?: Colombia Compra

Escrito por  Nov 05, 2025

Colombia Compra precisa que el anticipo en la contratación pública es una suma entregada al contratista para financiar los costos iniciales del contrato, con un límite del 50% del valor pactado. Este pago anticipado debe destinarse exclusivamente a la ejecución contractual, garantizando su correcta inversión y manejo, especialmente mediante la constitución de fideicomisos irrevocables en contratos de obras públicas, salvo en casos de menor cuantía. La entidad contratante tiene la obligación de justificar la conveniencia del anticipo y fijar condiciones claras sobre su entrega y amortización. La agencia enfatiza la importancia de controles y garantías para proteger los recursos públicos, mitigando riesgos de uso indebido o no devolución, con base en la normativa vigente y doctrina judicial.

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Modificado por última vez en Martes, 04 Noviembre 2025 19:02