La DIAN reafirma que para que los pagos laborales y prestacionales derivados de litigios judiciales sean deducibles en el impuesto sobre la renta, es indispensable que estén respaldados mediante el documento soporte de pago de nómina electrónica (DSNE). Aunque el trabajador no mantenga una relación laboral vigente con el empleador, estos pagos conservan su naturaleza laboral y deben cumplir los mismos requisitos fiscales que los salarios ordinarios. El DSNE cumple una función probatoria fundamental para que el empleador acredite estos gastos y asegure la legalidad y transparencia en su deducción fiscal. Esta disposición fortalece la correcta aplicación de la normativa tributaria en materia laboral.