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Consejo de Estado confirma actos de la SSPD que ordenaron a Yumbo Limpio E.S.P. cesar cobros indebidos a usuaria sin contrato vigente

Escrito por  Oct 08, 2025

El Consejo de Estado negó las pretensiones de la demanda de Yumbo Limpio S.A.S. E.S.P. contra dos resoluciones de la Superintendencia de Servicios Públicos Domiciliarios que le ordenaban abstenerse de facturar y cobrar el servicio público de aseo a una usuaria debido a la ausencia de vínculo contractual. El Alto Tribunal concluyó que la SSPD actuó adecuadamente al establecer que la prestación del servicio correspondía a Urbaser Colombia S.A. E.S.P., no a Yumbo Limpio, basado en el contrato y la voluntad expresa de la usuaria. Por ello, al no existir contrato válido entre Yumbo Limpio y la usuaria, la orden de suspensión de facturación y devolución de valores cobrados fue legítima para proteger los derechos del consumidor y evitar cobros indebidos, justificando la negación de las pretensiones de Yumbo Limpio.

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Modificado por última vez en Martes, 07 Octubre 2025 22:35