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SSPD: “no se considerarán proyectos específicos de regulación aquellos cuyo objeto esté relacionado con los servicios administrativos indispensables para el funcionamiento de la Entidad”

Escrito por  Ene 06, 2021

A través de una resolución, la SSPD modificó el parágrafo 1 del artículo 1 de la Resolución SSPD 20181300015945 del 22 de febrero de 2018, el cual quedó así: “No se considerarán proyectos específicos de regulación aquellos cuyo objeto esté relacionado con los servicios administrativos

indispensables para el funcionamiento de la Superintendencia, tales como los actos que contengan el establecimiento o reglamentación de trámites, procesos y procedimientos, al igual que los actos que contengan el establecimiento o la descripción de una metodología para la prestación de servicios.

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Modificado por última vez en Martes, 05 Enero 2021 17:18