A través de una resolución, la SSPD modificó el parágrafo 1 del artículo 1 de la Resolución SSPD 20181300015945 del 22 de febrero de 2018, el cual quedó así: “No se considerarán proyectos específicos de regulación aquellos cuyo objeto esté relacionado con los servicios administrativos
indispensables para el funcionamiento de la Superintendencia, tales como los actos que contengan el establecimiento o reglamentación de trámites, procesos y procedimientos, al igual que los actos que contengan el establecimiento o la descripción de una metodología para la prestación de servicios.
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