Acceso   

Ingrese a su cuenta

Usuario *
Clave *
Recordarme

Municipio no debe reconocer cobros indebidos por subsidios mal aplicados; responsabilidad recae en prestadores por errores en estratificación socioeconómica: SSPD

Escrito por  May 29, 2025

El municipio debe considerar que la estratificación socioeconómica es una obligación indelegable del alcalde y de competencia municipal, establecida por decreto y comunicada a la Superservicios. Por tanto, los prestadores tienen la obligación de aplicar la estratificación adoptada por el municipio y cobrar tarifas acordes. Si se presenta una mala aplicación de la estratificación por parte del prestador que genera cobros indebidos en subsidios para usuarios que no corresponden, el prestador debe asumir la responsabilidad y devolver los valores cobrados en exceso, especialmente si han pasado más de 4 meses desde la publicación del decreto que adoptó la estratificación. Por ende, el municipio no debe reconocer ni girar estos valores incorrectamente cobrados, pues la responsabilidad recae en la empresa prestadora por la mala aplicación de la estratificación.

Descargar Documento

Modificado por última vez en Miércoles, 28 Mayo 2025 22:35