siempre que estas inversiones se ejecuten a través de crédito redescontado en FINAGRO, previo el cumplimiento de los requisitos establecidos.
El ICRCUND podrá ser complementario o no al ICR Nacional. En caso de presentarse abonos o prepagos estos no podrán ser mayores al saldo de capital de la obligación crediticia. La sumatoria de los Incentivos, ICR Nacional e ICRCUND, no podrá superar el monto total del crédito por concepto de capital registrado para financiar el proyecto beneficiado. De haberse asignado el 100% de los recursos disponibles para inscripciones al ICRCUND, en caso de presentarse liberaciones con anterioridad al cumplimiento de la fecha de vigencia de ejecución del Contrato, FINAGRO podrá disponer de los recursos liberados para realizar nuevas inscripciones al ICRCUN. Puede conocer más detalles consultando el documento pul licado por la entidad.