El cobro del Costo de Disposición Final (CDF) y Tratamiento de Lixiviados (CTL) es procedente para celdas de contingencia que utilicen tecnología autorizada, como el relleno sanitario tipo rampa, conforme al Decreto 1077 de 2015 y sus modificaciones. Esta tarifa cubre diseño, construcción, operación, mantenimiento, cierre, clausura y post-clausura, además de actividades para cumplir con el Plan de Manejo Ambiental. Los sistemas no autorizados, como botaderos o quemas, quedan excluidos del cobro. La metodología tarifaria vigente, aplicada a municipios con más de 5.000 suscriptores en áreas urbanas, establece que el cálculo del CDF y CTL debe basarse en el promedio mensual del semestre anterior para períodos de facturación semestrales. Si el prestador utiliza varios sitios de disposición, debe atender lo dispuesto en la Resolución CRA 943 de 2021, parágrafo 6 del artículo 5.3.2.2.6.1. Así, el cobro se fundamenta en normativas específicas que garantizan la legalidad y la sostenibilidad ambiental del servicio público de aseo.