Aunque la Ley 80 de 1993 no establezca prohibiciones expresas, puede presentarse un conflicto de intereses si la relación familiar afecta la independencia o imparcialidad en la ejecución de los contratos. Por ello, cada entidad debe verificar que las actividades contratadas no interfieran o generen conflictos de interés, garantizando la moralidad y transparencia en la función administrativa.