Cada entidad contratante tiene la responsabilidad de definir los requisitos y procedimientos específicos para llevar a cabo esta toma de posesión, así como las obligaciones postcontractuales del constructor. Es importante señalar que la Agencia Nacional de Contratación Pública no tiene la autoridad para validar las acciones de estas entidades, sino que proporciona un marco general que permita a cada entidad ejercer su gestión contractual de acuerdo a lo establecido en la ley. Además, la toma de posesión debe considerar la condición en que se encuentra la obra, ya que esto impacta la liquidación y verificación de lo ejecutado.