La Entidad señala las competencias de las autoridades ambientales y mineras en el cierre y abandono de la explotación minera en el Páramo de Pisba. Se precisa que el Ministerio de Minas y el Ministerio de Ambiente tienen roles específicos en la ejecución de proyectos mineros, obligando a los concesionarios a presentar un Plan de Cierre y Abandono, crucial antes de iniciar la explotación. La Agencia Nacional de Minería es responsable de la fiscalización de las actividades mineras, incluyendo el cierre de infraestructuras. La Ley 685 de 2001 y la Ley 99 de 1993 son normativas clave que regulan el manejo de recursos naturales y la protección ambiental, estableciendo que los proyectos deben cumplir con requisitos de sostenibilidad y control ambiental. Se destaca la necesidad de cooperación entre ambas autoridades para asegurar un cierre adecuado de las actividades mineras y para minimizar el impacto ambiental. Además, se mencionan normativas adicionales que permiten medidas sancionatorias y correctivas en caso de incumplimiento, resaltando la importancia de estos mecanismos para garantizar la protección de los ecosistemas en la región.