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¿Las Empresas Sociales del Estado (ESE) están exentas de expedir factura electrónica por los recursos del Ministerio de Salud destinados a la operación de equipos básicos?: DIAN

Escrito por  Abr 02, 2025

Las Empresas Sociales del Estado (ESE) no están obligadas a expedir factura electrónica por los recursos asignados por el Ministerio de Salud y Protección Social debido a la naturaleza de estos fondos. Según la normativa tributaria, la obligación de emitir factura electrónica se aplica únicamente a aquellas transacciones que involucran la venta de bienes o la prestación de servicios, tal como se establece en los artículos 615 y 616-1 del Estatuto Tributario.

En el caso de los recursos asignados para la operación de equipos básicos de salud, estos se consideran subvenciones. Las subvenciones son ayudas financieras otorgadas por el Estado para respaldar la ejecución de programas o políticas públicas específicas, en este caso, relacionadas con el sector salud. Al ser fondos destinados a un propósito concreto y no el resultado de una transacción comercial, no cumplen con los criterios para ser considerados como operaciones sujetas a la obligación de facturación.

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Modificado por última vez en Martes, 01 Abril 2025 21:34