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Consejo de Estado reiteró la legalidad de los actos de la CREG que establecen las fórmulas tarifarias para el GLP y los precios de venta al público

Escrito por  Mar 21, 2025

El Consejo de Estado decidió estarse a lo resuelto en otras providencias que negaron la nulidad de la Resolución 044 de 7 de mayo de 2001, por la cual se establecen las fórmulas tarifarias de las actividades de los distribuidores de los gases licuados del petróleo (GLP) en cilindros de 30 y 80 lb nominales y las fórmulas tarifarias para determinar sus precios de venta al público, proferidas por la CREG. Esta decisión se fundamenta en la existencia de cosa juzgada, ya que los argumentos esgrimidos en la nueva demanda eran idénticos a aquellos que habían sido analizados en procedimientos anteriores.

El Consejo de Estado destacó que las sentencias previas ya habían abordado las competencias de la CREG y la legalidad de las resoluciones en cuestión, lo que implica que la discusión sobre estos temas no era procedente en el actual proceso. Afirmó que la CREG actuó dentro del marco de sus competencias conferidas por la Constitución y la Ley 142 de 1994, al regular las tarifas del GLP. Así, se reafirmó que las resoluciones respondían a fines legales y no presentaban vicios que justificaran su anulación, garantizando así la validez de la regulación establecida en beneficio del interés general y la protección de los consumidores.

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Modificado por última vez en Viernes, 21 Marzo 2025 07:12