Las Empresas de Servicios Públicos Domiciliarios de Orden Municipal y Departamental tienen diversas alternativas para ejecutar o dar de baja a una cartera de imposible recaudo. En primer lugar, deben adoptar un reglamento interno de recaudo de cartera conforme a lo estipulado en la Ley 1066 de 2006. Este reglamento definirá los procedimientos adecuados para manejar la cartera morosa.
Entre las opciones disponibles, destacan las acciones de cobranza mediante jurisdicción ordinaria mediante procesos ejecutivos, así como la utilización de la jurisdicción coactiva, en virtud de lo permitido por la Ley 1551 de 2012. Adicionalmente, las empresas pueden aplicar mecanismos alternativos de recuperación, como acuerdos de pago y a través de estrategias de conciliación.
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