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CRA absolvió una serie de preguntas relacionadas con el contrato de peaje por concepto de transporte, tratamiento y disposición final de aguas residuales

Escrito por  Mar 13, 2025

La CRA abordó consultas sobre un contrato de peaje relacionado con la gestión de aguas residuales. Según el artículo 128 de la Ley 142 de 1994, un contrato de servicios públicos es uniforme y se basa en una relación entre la empresa y los usuarios. La CRA destacó que los usuarios en el área de prestación del servicio tienen derecho a que se les cobre por el transporte, tratamiento y disposición final de aguas residuales, en concordancia con las resoluciones CRA 995 y 998 de 2024. Además, se establecieron criterios tarifarios para el peaje de interconexión, que deben incluir un estudio detallado de costos asociado a la infraestructura del servicio. En caso de incrementos tarifarios, estos deben ajustarse a la normativa vigente y ser autorizados por la CRA.

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Modificado por última vez en Miércoles, 12 Marzo 2025 19:43