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Consejo de Estado confirma sentencia que declaró la nulidad parcial de los actos administrativos referentes a declaración privada del impuesto sobre las ventas para actividades de exportación de la empresa Sitel Colombia S.A.

Escrito por  Dic 22, 2020

El Consejo de Estado confirma la sentencia del 15 de junio de 2018, proferida por el Tribunal Administrativo de Cundinamarca que declaró la nulidad parcial de los actos administrativos contenidos en la Liquidación Oficial de Revisión No. 312412014000139 del 21 de noviembre de 2014, por medio de la cual se modificó la declaración privada del impuesto sobre las

ventas por el 6° bimestre del año 2011, presentada por la sociedad Sitel de Colombia S.A; y de la Resolución No. 011.200 del 12 de noviembre de 2015, confirmatoria del acto anterior, de conformidad con las razones expuestas en la parte motiva de esta sentencia. La Sala reiteró que, Para la exención de IVA por la exportación de servicios prestados en el país, de conformidad con el literal e) del artículo 481 del Estatuto Tributario se requiere que: el contrato conste por escrito, los servicios prestados se utilicen exclusivamente en el exterior, se presten por empresas sin negocios o actividades en Colombia, y se cumplan los requisitos del reglamento establecido por el Gobierno Nacional.servicios prestados en el país, de conformidad con el literal e) del artículo 481 del Estatuto Tributario se requiere que: el contrato conste por escrito, los servicios prestados se utilicen exclusivamente en el exterior, se presten por empresas sin negocios o actividades en Colombia, y se cumplan los requisitos del reglamento establecido por el Gobierno Nacional.

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