La Superintendencia de Servicios Públicos Domiciliarios tiene la función de supervisar el cumplimiento de las leyes y regulaciones relacionadas con el servicio público, aunque no tiene competencia para autorizar fusiones o escisiones de empresas prestadoras de servicios públicos, que corresponde a la Superintendencia de Sociedades. Cualquier reforma estatutaria que implique transformación de estas empresas deberá ser autorizada por la Superintendencia de Servicios Públicos, mientras que el control de fusiones y adquisiciones recae en la legislación general, específicamente la Ley 142 de 1994 y el Código de Comercio. La Superintendencia también recibe denuncias sobre conductas que infrinjan la normativa del sector, asegurando que los prestadores cumplan con sus obligaciones legales. Esto garantiza el acceso a servicios públicos en condiciones de igualdad y continuidad, alineándose con el objetivo social del Estado. La normativa aplicable se encuentra en varias leyes que regulan la estructura y operación de estas entidades.