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SSPD: ventajas y desventajas que tendría para los usuarios de un acueducto veredal de el transformarse en empresa de servicios públicos

Escrito por  Ene 12, 2021

Las ventajas o desventajas que una persona prestadora bajo la modalidad de “organización autorizada” tenga al modificar su constitución para convertirse posteriormente en una empresa de servicios públicos domiciliarios, dependerá de las condiciones particulares y concretas de la zona que pretende atender, así como de los costos que involucra la prestación bajo cualquiera

de las figuras habilitadas por el artículo 15 de la Ley 142 de 1994.  Se reitera que tanto las organizaciones autorizadas como las empresas de servicios públicos domiciliarios son tipologías autónomas e independientes de personas habilitadas por la Ley 142 de 1994, artículo 15, para prestar los servicios públicos domiciliarios y, en consecuencia, un acueducto veredal no tiene que transformarse en empresa de servicios públicos domiciliarios para operar, pues desconocería lo previsto en el citado artículo, así como los principios constitucionales de libre competencia y libertad de entrada en el mercado.

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Modificado por última vez en Lunes, 28 Diciembre 2020 14:14