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Consejo de Estado declaró la caducidad en demanda de reparación contra la EAAB y otros por supuesta falta de canalización del Río Bogotá, dadas las inundaciones producidas por el fenómeno de La Niña en el año 2010

Escrito por  Feb 13, 2025

El Consejo de Estado declaró probada de oficio la caducidad del medio de control de reparación directa en el caso del desbordamiento del río Bogotá, ocurrido el 17 de noviembre de 2010, tras el fenómeno de “La Niña”. La demanda fue presentada contra la Empresa de Acueducto y Alcantarillado de Bogotá (EAAB) y otras entidades debido a la alegada omisión en el mantenimiento del dragado, la realización de obras de defensa y el cuidado de los jarillones que canalizan el río.

El Alto Tribunal argumentó que el término de caducidad comenzó a contarse desde el día siguiente al evento inundativo, es decir, el 18 de noviembre de 2010, conforme a lo establecido en el Código de Procedimiento Administrativo. El Consejo de Estado concluyó que la parte demandante no presentó la demanda dentro del término establecido por la ley, lo que llevó a la caducidad de su pretensión. Además, se consideró que la responsabilidad del daño también podría estar vinculada a un hecho natural, lo que complicó aún más la reclamación de responsabilidad patrimonial por parte de las entidades demandadas.

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Modificado por última vez en Miércoles, 12 Febrero 2025 19:12