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¿Cuál es la normativa que regula la inscripción de medidas cautelares sobre registros de marca o registros en temas de propiedad industrial e intelectual?: SIC

Escrito por  Dic 19, 2024

La SIC precisa que la normativa que regula la inscripción de medidas cautelares sobre registros de marca y en temas de propiedad industrial e intelectual se encuentra principalmente en la Decisión 486 de 2000 y el Código General del Proceso. En el contexto de infracciones de derechos de propiedad industrial, se aplican los artículos 245 y siguientes de la Decisión 486, que establecen disposiciones específicas para la formulación de medidas cautelares. Por otro lado, para la solicitud de medidas cautelares en procesos que no versen sobre infracciones de derechos de propiedad industrial, se deben seguir las normas del Código General del Proceso, específicamente los artículos 590 y siguientes.

Estos artículos detallan los requisitos para la solicitud, decreto, práctica, modificación y revocatoria de medidas cautelares. Es fundamental demostrar la existencia del derecho de propiedad industrial supuestamente vulnerado, la legitimación activa del solicitante y presentar pruebas que permitan presumir razonablemente la infracción o su inminencia. La Superintendencia de Industria y Comercio es la autoridad competente para la inscripción de estas medidas cautelares, asegurando así la protección de los derechos de propiedad industrial en Colombia.

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Modificado por última vez en Jueves, 19 Diciembre 2024 06:18