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¿Qué normativa regula el cobro de servicios públicos en residencias deshabitadas?: SSPD

Escrito por  Oct 03, 2024

La SSPD en el presente concepto indica que cobro de servicios públicos en residencias deshabitadas está regulado principalmente por la Ley 142 de 1994 y el Decreto Único Reglamentario 1077 de 2015. Esta ley establece el régimen de los servicios públicos domiciliarios y menciona que los usuarios tienen derecho a que la medición de los consumos se realice mediante instrumentos tecnológicos apropiados, y que el valor del consumo se calculará considerando las lecturas registradas por el medidor en cada ciclo de facturación, reflejando el consumo real del inmueble.

El Decreto Único Reglamentario 1077 de 2015 define el concepto de "inmueble desocupado" y establece un procedimiento particular para el cobro del servicio de aseo en inmuebles deshabitados. Se menciona que, aunque un inmueble esté desocupado, el prestador del servicio debe continuar cobrando una tarifa especial para la ejecución de actividades relacionadas con el servicio de aseo, como la recolección y limpieza de áreas públicas. Además, se establece que para que se aplique una tarifa especial por desocupación, el usuario debe acreditar esta condición ante el prestador del servicio.

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