En el presente concepto la SSPD indica que el cargo fijo está diseñado para reflejar los costos económicos involucrados en garantizar la disponibilidad permanente del servicio, independientemente del nivel de uso. Esto significa que, aunque un inmueble esté desocupado, el prestador puede seguir cobrando este cargo, ya que se basa en la disponibilidad del servicio para el usuario. El cobro del cargo fijo no depende únicamente del prestador, sino de la regulación tarifaria que se aplique en un momento determinado. Si la regulación establece el cobro de este cargo, debe ser cobrado, independientemente de la ocupación del inmueble.
En caso de que el usuario y el prestador acuerden la suspensión temporal del servicio, el cobro del cargo fijo podría no aplicarse durante el período de suspensión, ya que no habría disponibilidad del servicio. Si un usuario considera que el cobro del cargo fijo es inapropiado, tiene el derecho de presentar una queja o petición ante el prestador, y posteriormente, si no está satisfecho con la respuesta, puede interponer recursos ante la SSPD.
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