La CRA en el presente concepto ha indicado después de realizar una exposición de la normatividad legal vigente que el artículo 2.1.2.1.10.2. de la Resolución 943 de 2021 establece las fórmulas para calcular el saldo y administración de los recursos de la provisión por diferencias entre las inversiones planeadas y ejecutadas del POIR. El saldo resultante de dicho cálculo debe estar disponible y tener el instrumento financiero al cierre del año p y que debe ser trasladado a dicho instrumento a más tardar el 31 de diciembre del año p+1.