La Comisión de Regulación de Agua se ha pronunciado frente a la constitución de servidumbres en el servicio público domiciliario de acueducto y alcantarillado señalando que la propiedad es una función social que implica obligaciones y que, si de la aplicación de una norma expedida por motivos de utilidad pública o interés social, el privado deberá ceder desprendiéndose de allí lo contenido en el link de la presente noticia.