La Sala consideró idónea la aplicación de la subregla de decisión tenida en cuenta en el fallo citado en esta providencia, conforme a la cual “los procedimientos y las situaciones jurídicas iniciadas y en curso durante la vigencia de la Ley 1382 de 2010, pero que no se alcanzaron a perfeccionar o consolidar al momento en el que ésta salió del ordenamiento jurídico, deben seguirse rigiendo por las disposiciones que resurgieron al declararse inexequible dicha norma, así como por las demás normas que se encuentren vigentes durante el curso del procedimiento correspondiente”. Así, la Sala no encontró motivos concretos para apartarse de este criterio de decisión para resolver el presente caso.