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¿Es obligatorio o no remitir los anexos y soportes contentivos de los temas a tratar, junto con la convocatoria a reunión de Junta Directiva de las Cámaras de Comercio?

Escrito por  Jul 29, 2024

Conforme a las normas expuestas por la Entidad, solo es obligatorio que la convocatoria incluya el día, hora y lugar en que se realice la reunión y el orden del día, es decir, la norma no hace referencia alguna a documentos que deban adjuntarse con la citación. Sin perjuicio de lo anterior, teniendo en cuenta que la Junta Directiva es el máximo órgano de administración de la cámara de comercio, sería posible que, en los estatutos del ente cameral, se regulen temas de funcionamiento del señalado órgano, dentro de los cuales podrían incluirse aspectos como los consultados.

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