Acceso   

Ingrese a su cuenta

Usuario *
Clave *
Recordarme

Proyecto de norma de la DIAN busca que los Organismos de acción comunal efectúen el suministro inicial de la información en el RUB a más tardar el 31 de enero de 2025

Escrito por  Jul 03, 2024

“Los Organismos de acción comunal a los que se refiere el artículo 7 de la Ley 2166 de 2021, constituidos al 30 de noviembre de 2024, deberán efectuar el suministro inicial de la información en el Registro Único de Beneficiarios Finales-RUB, a través de los sistemas informáticos de la Unidad Administrativa Especial Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales - DIAN, a más tardar el 31 de enero de 2025, proporcionando la información correspondiente a la fecha en que se efectúa el suministro de la información. Las constituidas a partir del 1 de diciembre de 2024, deberán hacerlo a más tardar dentro de los dos (2) meses siguientes a la inscripción en el Registro Único Tributario – Registro Único Tributario -RUT.”

Descargar Documento

Modificado por última vez en Martes, 02 Julio 2024 21:24