La SSPS indicó que, para la prestación del servicio público de gas combustible, los prestadores deberán dar cumplimiento al Régimen de Públicos conformado por la Ley 142 de 1994, la reglamentación expedida por el Gobierno Nacional, la regulación comisiones de regulación y los demás actos administrativos expedidos por las distintas autoridades administrativas transversales del régimen, en consideración al sector. El listado de la normatividad actual que rige esta prestación de servicio lo puede consultar descargando el documento original publicado por la entidad.