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SuperSociedades aclaró disposiciones sobre la solidaridad de acreencias en procesos de insolvencia

Escrito por  Jun 18, 2024

SuperSociedades indicó que en virtud de la solidaridad que acompaña al deudor principal incurso en un proceso de reorganización, y a sus deudores solidarios también en procesos de reorganización, a todos les asiste el deber legal de considerar como suya la acreencia del caso y, por ende, cada uno tendrá que relacionarla en su propio proyecto de calificación y graduación de créditos, sin perjuicio de que se presente alguno de los supuestos del artículo 70 de la Ley 1116 de 2006 arriba anotados.

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Modificado por última vez en Lunes, 17 Junio 2024 21:21