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SSPD: prestadores no pueden exigir pago de servicios como condición para atender trámite de reclamación por descuerdo de facturación

Escrito por  Jun 17, 2024

La SSPD indicó que cuando el usuario decide interponer recursos contra la decisión que resuelve su reclamación y cuando esta se hiciera por encontrarse en total desacuerdo con la factura, el prestador no puede exigir su pago como condición para darle trámite. No obstante, en el evento en que la reclamación de la factura sea parcial, el usuario deberá acreditar ante el prestador el pago de las sumas que no son objeto del recurso o el pago del promedio del consumo de los últimos 5 periodos, ya que se trata de servicios que acepta haber recibido. Este promedio aplicará siempre que este no se trate del valor en discusión.

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Modificado por última vez en Domingo, 16 Junio 2024 20:47