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MinAmbiente aclaró aspectos relacionados con las autoridades competentes para atender situaciones de contaminación sonora al interior de inmuebles privados o públicos

Escrito por  Jun 17, 2024

De acuerdo con las indicaciones de esta Cartera Ministerial,  la contaminación sonora que se genere al interior de inmuebles privados o públicos es un asunto que corresponde atender a las respectivas administraciones municipales o distritales, en el marco de sus competencias legales que implica realizar las mediciones de ruido necesarias para adelantar los procesos sancionatorios a que haya lugar, con el fin de mantener la tranquilidad, la salud y el derecho al ambiente sano de la población, en la respectiva jurisdicción.

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Modificado por última vez en Domingo, 16 Junio 2024 20:32