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Consejo de Estado analizó el marco normativo y desarrollo jurisprudencial sobre las competencias de las CAR’s, de los departamentos, distritos y municipios en materia ambiental

Escrito por  Jun 13, 2024

El Consejo de Estado ordenó a la CVC solucionar la problemática de olores ofensivos como consecuencia de la quema de madera para la obtención de carbón producto de las actividades industriales en Yumbo. En esta providencia la Sala analizó el marco normativo y desarrollo jurisprudencial sobre las competencias de las CAR’s, de los departamentos, distritos y municipios en materia ambiental. Explica que el parágrafo 4° del artículo 31 de la Ley 99, prevé que las Corporaciones Autónomas Regionales deben realizar sus tareas “en estrecha coordinación con las entidades territoriales y con los organismos a las que éstas hayan asignado responsabilidades de su competencia”. A su vez, el artículo 66 de esta misma Ley determina que los municipios, distritos o áreas metropolitanas cuya población urbana fuere igual o superior a un millón de habitantes (1.000.000) ejercerán dentro del perímetro urbano las mismas funciones atribuidas a las Corporaciones Autónomas Regionales, en lo que fuere aplicable al medio ambiente urbano. A su vez les asignó la responsabilidad de “efectuar el control de vertimientos y emisiones contaminantes, disposición de desechos sólidos y de residuos tóxicos y peligrosos, dictar las medidas de corrección o mitigación de daños ambientales y adelantar proyectos de saneamiento y descontaminación.

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Modificado por última vez en Miércoles, 12 Junio 2024 20:56