La ANT indicó que respecto a la temporalidad de las medidas sobre los bienes muebles, el Decreto 1007 de 2022, señala que los bienes incautados que se encuentren bajo custodia no podrán superar los dos (2) meses, transcurrido el cual podrá surtirse su declaratoria definitiva de abandono para posteriormente rematarlos, donarlos o catalogarlos como no utilizables por la autoridad policiva.