“La regalía se constituye en la retribución económica que debe recibir el Estado por el agotamiento de los recursos naturales no renovables de su propiedad, y al impacto ambiental que se genera a la sociedad con su explotación, razón por la cual, quien realice dentro de los cursos legales dentro del territorio nacional, actividades de captación, extracción o explotación de yacimientos imperativamente debe pagar las regalías, las que deberán ser declaradas, liquidadas y pagadas de conformidad con los términos, procedimientos y normas que regulan específicamente la materia”. La Entidad cita y explicar las normas vigentes relacionadas con el pago de regalías.