de apertura democrática para la construcción y consolidación de la paz”.
Para el Consejo de Estado, el accionado “defraudó la confianza ciudadana en el marco de la institucionalidad del Acuerdo de Paz, por su decisión unilateral e injustificada de abandonar sus deberes congresuales, sin importar las graves consecuencias que ese ausentismo le traería para el ejercicio de sus derechos políticos dentro del proceso