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SDA determinó jurídicamente inviable el proyecto de acuerdo que busca prohibir la construcción de nuevos hornos crematorios en las zonas próximas al D.C., por no tener en cuenta las disposiciones del POT

Escrito por  Abr 03, 2024

La SDA determinó que el Proyecto de Acuerdo No. 159 de 2024 que busca prohibir la construcción, instalación y puesta en funcionamiento de nuevos hornos crematorios en las zonas de proximidad del Distrito Capital y se dictan lineamientos para el traslado progresivo de los existentes en zonas de proximidad, es jurídicamente inviable, porque no tiene en cuenta a cabalidad las disposiciones consagradas en el Plan de Ordenamiento Territorial (POT) “Bogotá Reverdece 2022- 2035”, respecto a las áreas del suelo autorizados para la operación de los hornos crematorios. En estricto rigor jurídico, los impactos ambientales de la construcción, ampliación y operación de los hornos crematorios se entienden amparados a través de los permisos, autorizaciones y disposiciones ambientales que existen actualmente en el ordenamiento normativo vigente. La prohibición de construcción, ampliación y operación de hornos crematorios debe responder a estudios técnicos o científicos previos que determinen con claridad que su funcionamiento causa un deterioro grave al medio ambiente y afecta la salud de los residentes de las zonas donde operan.

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Modificado por última vez en Martes, 02 Abril 2024 20:59