El voto en blanco cobra relevancia frente a decisiones, esto es frente al quórum decisorio y no deliberatorio; es así como el artículo 431 del Código de Comercio, establece que el libro de actas deberá contener entre otros temas los asuntos tratados, las decisiones adoptadas y el número de voto emitidos en favor, en contra o en blanco. Así las cosas, cuando alguno de los socios vote en blanco, esta neutralidad si bien no suma para el afirmativo o negativo, sí puede evitar que se configure la mayoría requerida frente a un porcentaje exigido en la ley para adoptar la decisión.