La Entidad señaló que el artículo 12 de la Ley 610 del 2000 y el 103 de la Ley 1474 del 2011, establecen que tanto en el proceso ordinario o verbal de Responsabilidad Fiscal, se pueden decretar medidas cautelares y que tratándose de sumas liquidas de dinero en el proceso verbal de responsabilidad fiscal, podrá incrementarse hasta en un 50% de la cuantía del daño; y en tratándose de otros bienes se podrá incrementar hasta en un 100%.