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Corte reiteró el alcance de los derechos al habeas data y exhortó a la SIC a adoptar medidas relacionadas con la forma como realizan el cobro las aplicaciones que ofrecen préstamo de dinero

Escrito por  Mar 05, 2024

A través del fallo T-584-23, la Corte exhortó a la SIC a que realice seguimiento a las quejas relacionadas con las aplicaciones que ofrecen préstamos de dinero y adopte, en ejercicio de sus competencias, las medidas tendientes a regular y vigilar sus actuaciones, en especial las relacionadas con la forma como realizan el cobro de sus acreencias.

La providencia reiteró el alcance de los derechos a la intimidad, la honra, el buen nombre y el habeas data. Luego expuso los límites constitucionales del derecho de los acreedores a cobrar, y sus deberes respecto del tratamiento de la información de sus deudores.

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Modificado por última vez en Lunes, 04 Marzo 2024 19:45