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Gobierno Distrital definió reglas relacionadas con el mecanismo de aportes voluntarios y su destinación

Escrito por  Feb 23, 2024

A través del presente Decreto se modificó el artículo 1 del Decreto Distrital 797 de 2028 estableciendo que los aportes voluntarios que las personas naturales o jurídicas entreguen a título de donación en los términos del artículo 1443 del Código Civil ingresarán al presupuesto distrital como recursos de capital y su ingreso se recibirá a través de la Secretaría Distrital de Hacienda, Dirección Distrital de Tesorería quién será la encargada de administrar y controlar este recurso.

También. se modificó el artículo 15 del Decreto Distrital 482 de 2023 estableciendo que el Sistema de donaciones a favor de la Estrategia de Ingreso Mínimo Garantizando será administrado por la Secretaría Distrital de Hacienda, quien se encargará de realizar el recaudo de estos recursos, su legalización y la generación de la respectiva certificación de donación a aquellos ciudadanos que hayan realizado estos abonos.

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Modificado por última vez en Jueves, 22 Febrero 2024 16:02