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MinTransporte aclaró alcance de la circular que establece los parámetros para el reporte de información de pruebas de alcoholimetría y las actividades médicas de conductores

Escrito por  Feb 07, 2024

A través de la presente circular el MinTransporte amplío los términos establecidos en el punto 4, sobre Articulación con el PESV de la Circular establecidos en la circular 20234000000837 del 21 de diciembre de 2023, relativos a que “el administrador del programa deberá contar con un sistema tecnológico que permita la identificación de los conductores y el reporte de la información a las empresas de transporte en tiempo real. Este sistema debe permitir a las empresas de transporte descargar la información y la estadística general de pruebas de alcoholimetría y las actividades médicas. Se aclaró que, para garantizar que exista pluralidad de oferentes en el mercado, se ampliará el plazo para la implementación del sistema tecnológico solicitado, entendiendo que los requerimientos del software se hicieron a partir del 21 de diciembre de 2023”.

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