La Entidad indicó que los prestadores de servicios públicos domiciliarios deben dar cumplimiento a las disposiciones de la Ley 2300 de 2023, relacionada con la protección del derecho a la intimidad de los consumidores. En consecuencia, cuando se realicen gestiones de cobranza o actividades comerciales a través del envío de mensajes publicitarios (mensajes cortos de texto SMS, mensajería por aplicaciones web, correos electrónicos y llamadas telefónicas), los prestadores deben atender todos los lineamientos que para tal fin han sido dispuesto, incluyendo horarios, medios de comunicación, entre otros.