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CREG modificó disposiciones de la tasa de interés que se le reconoce al Comercializador Minorista por los saldos acumulados

Escrito por  Dic 29, 2023

A través del presente acto administrativo, la CREG estableció que la tasa de interés que se le reconoce al Comercializador Minorista por los saldos acumulados en la variable es la resultante de la tasa mensual ponderada de los créditos obtenidos por este comercializador, con base en el monto obtenido para financiar los saldos de la opción tarifaria. La tasa de interés ponderada de los créditos para financiar los saldos de la opción tarifaria debe ser menor o igual al cálculo del promedio de las tasas de interés preferencial o corporativo, de los créditos comerciales vigentes de las últimas veintiséis semanas previas al del cálculo de la tarifa a aplicar.

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Modificado por última vez en Jueves, 28 Diciembre 2023 19:45