Así mismo, se informó sobre los parámetros aplicables a los contingentes para la importación de automores clasificados en las partidas y subpartidas arancelarias 870120, 8702, 8703, 8704, 8705 y 8706 del Arancel de Aduanas a distribuir.
A través de la presente circular se informó que, los efectos del IAMAS fueron ampliados hasta el 31 diciembre 2023 estableciendo el tope fiscal aprobado por el CONFIS para el diferimiento arancelario para el 2023 por $77.680 millones de pesos, el cual será administrado y distribuido por la Dirección de Comercio Exterior del Ministerio de Comercio, Industria y Turismo a través del Grupo Diseño de Operaciones de Comercio Exterior la Subdirección de Diseño y Administración de Operaciones.
Así mismo, se informó sobre los parámetros aplicables a los contingentes para la importación de automores clasificados en las partidas y subpartidas arancelarias 870120, 8702, 8703, 8704, 8705 y 8706 del Arancel de Aduanas a distribuir.