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Concepto de SuperSociedades sobre la liquidación de los negocios de sucursal de sociedad extranjera

Escrito por  Dic 15, 2023

La Entidad precisó que la responsabilidad de la casa matriz por las obligaciones insolutas de su sucursal en Colombia no tiene limitación alguna. Sencillamente la sociedad extranjera responde por la totalidad del pasivo de sus negocios en Colombia. El liquidador no responde por las obligaciones adquiridas por la sucursal. El liquidador responde por su gestión como liquidador en los mismos términos de los administradores, frente a los socios y frente a terceros, cuando habiendo bienes suficientes para atender el pasivo no cumpla con el pago de las obligaciones existentes, cuando no respete el pago de obligaciones conforme a la prelación de créditos, cuando no inicie acción ejecutiva contra los socios o contra terceros para la recuperación de créditos a favor de la sucursal y, en general, cuando con su acción u omisión cause perjuicios a los socios o a terceros.

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Modificado por última vez en Jueves, 14 Diciembre 2023 21:58