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Corte se declara inhibida de emitir pronunciamiento de fondo en cuanto a la determinación de la responsabilidad por daños por productos defectuosos

Escrito por  Dic 03, 2020

La Corte se declara inhibida para pronunciarse de fondo sobre la constitucionalidad de la expresión “deberá demostrar” contenida en el artículo 21 de la Ley 1480 de 2011, por medio de la cual se expide el Estatuto del Consumidor, a causa de ineptitud sustantiva de la demanda. El artículo demandado determina la responsabilidad por daños por productos defectuosos.

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